1. Luchar por condiciones adecuadas y justas de trabajo de los servidores públicos que lo integren y que pertenezcan como asalariados o pensionados de entidades de la rama ejecutiva de los órdenes nacional, departamental, municipal o distrital, entre ellas de la DIAN y el Ministerio de Hacienda, utilizando para ello los medios autorizados por la Constitución, las leyes y demás normas que regulan la materia.
Agenciar el interés colectivo de los derechos de los servidores públicos que representa, en lo económico, social, educativo, político y cultural en el marco de la relación laboral. Defender sus conquistas laborales procurando solución pronta de los conflictos que se susciten, por medio de los mecanismos establecidos constitucional y legalmente para estos fines. O gestionarlos, en defecto de los mismos.
2. Estudiar las características de la Carrera administrativa como instrumento regulatorio que es de las relaciones laborales entre el Estado y sus empleados, y actuar en procura de su fortalecimiento y defensa, y el funcionamiento democrático para sus representados, con la participación activa de éstos ante la entidad respectiva y las que como el Departamento Administrativo de la Función Pública, DAFP, la Comisión Nacional del Servicio Civil, CNSC, o el Congreso de la República, tienen que ver con sus definiciones.
Por tal razón le compete estudiar y proponer la política que resguarde de mejor manera el interés colectivo de los trabajadores en relación con las condiciones de ingreso, ascenso, permanencia, salarios, capacitación, seguridad social, bienestar social, retiro y jubilación.
3. Procurar el acercamiento del Estado y los Trabajadores sobre las bases de justicia, respeto mutuo y subordinación a la Ley.
4. Promover la educación técnica, cultural y general de los sindicalizados en todos los niveles, en pos de su mejoramiento social y personal.
5. Prestar socorro a sus afiliados en caso de enfermedad o calamidad doméstica, invalidez o despido injustificado.
6. Servir de intermediario para la adquisición de Artículos de consumo, materias primas y elementos de trabajo y distribuirlos entre sus afiliados a precio de costo.
7. Adquirir a cualquier título los bienes inmuebles y muebles necesarios para el ejercicio de sus actividades, siempre de la mano de los criterios de economía, eficiencia y pertinencia que deben presidir dicho ejercicio.